viernes, 16 de enero de 2009

Modifican Ley Forestal y de la Fauna Silvestre

Se buscará explotación racional de recursos forestales a fin de evitar la depredación de los bosques.El pleno del Congreso aprobó por mayoría la Ley 2958 que modifica e incorpora diversos artículos al Decreto Legislativo N° 1090, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, adecuándola a los requerimientos del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos. La norma fue respaldada por 58 votos y obtuvo siete votos en contra y dos abstenciones. También fue exonerada de segunda votación.
Dicha ley busca normar, regular y supervisar el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre, a través de un sistema de información y control de los recursos forestales y de fauna silvestre.
También dispone que las autoridades forestales y de fauna silvestre promuevan mecanismos de participación ciudadana para la gestión forestal, y fija las retribuciones económicas por el aprovechamiento de esos recursos a favor del Estado.
El proyecto incluye expresamente a las plantaciones forestales y a las tierras cuya capacidad de uso mayor sea de producción forestal como recursos forestales.
Precisa que estas plantaciones constituyen Patrimonio de la Nación, y determina que este patrimonio no puede ser objeto de cambio de uso, evitando así la deforestación.
Brack satisfecho
El ministro del Ambiente, Antonio Brack Egg, dijo que la aprobación de esta norma que modifica la Ley Forestal es un logró que nunca antes se había obtenido en el país. “Con la aprobación de la ley que modifica diversos artículos del Decreto 1090, el Ministerio del Ambiente sonríe, porque hemos logrado una cosa que jamás se había logrado en el país, que es comenzar a revertir la tala y quema de los bosques”, mencionó.Precisó que a partir de la fecha, con esta ley, las áreas boscosas no se podrán usar para fines agropecuarios y que para convertir los bosques en áreas agropecuarias, el Ministerio del Ambiente tendrá que dar su autorización y supervisar periódicamente.
Expreso, 14/01/2008

miércoles, 14 de enero de 2009

Se endurecen las sanciones para delitos intelectuales y ecológicos

Entre las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo para implementar el tratado de libre comercio (TLC) con Estados Unidos se encuentran mayores sanciones contra los delitos ecológicos y de propiedad intelectual en la legislación penal.
Actualmente, las sanciones para estos delitos llegan hasta los cuatro años, lo que no garantiza que haya prisión efectiva. Con la propuesta del Ejecutivo, las penas serían de cuatro a ocho años, dijo Rosa Bueno, presidenta de la Comisión de Tratados Internacionales de la Cámara de Comercio de Lima.
"Nosotros no creemos que el hecho de que las penas sean mayores desincentiven las conductas delictivas, pero han sido exigencias del Gobierno de Estados Unidos que había que cumplir", agregó la ejecutiva.
La Sociedad de Comercio Exterior del Perú señaló que el Ejecutivo ha propuesto aclarar normas referentes a derechos de autor, propiedad industrial (marcas y patentes), otorgamiento del registro sanitario de los productos farmacéuticos, entre otros.
DATOS DE PRUEBA
Acerca de las modificaciones en lo referente a los datos de prueba, se implementará una protección de 60 días para dicha información referida a medicamentos.
La protección de datos de prueba significa que aquellos datos que una empresa farmacéutica internacional, por ejemplo Estados Unidos, haya presentado a la autoridad peruana para obtener un registro sanitario deberán conservar la reserva y no los podrán usar empresas locales, aun cuando la patente haya vencido, explicó Bueno.
"El registro sanitario era automático, no había una posibilidad de implementar esta protección de datos de prueba. Lo que se ha propuesto es que no sea automático, sino que tenga una duración de 60 días, cuya solicitud de registro sea publicada y, en consecuencia, los titulares de patentes o de secretos industriales puedan reclamar el derecho para la protección de sus datos de prueba", agregó la ejecutiva.
De otro lado, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental señaló que una de las propuestas se refiere a establecer mecanismos para controlar fraudes a partir de la adquisición de maderas ilegales, amparándose en la presunción de buena fe.
"Esta iniciativa puede constituir un avance concreto en la medida en que se establezcan mecanismos que faciliten el comercio legal de productos forestales por actores que cumplen con el marco jurídico y se dificulte al que adquiere de fuentes ilegales, aun cuando actúe con una supuesta buena fe", opinó Manuel Pulgar Vidal, director ejecutivo de la institución ambiental.
OTROS CAMBIOS
También se incluye en el Código Penal la figura del cohecho activo transnacional (soborno internacional).
Además se otorga al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) la facultad de emitir resoluciones anticipadas en materia de origen y mercado de origen.
El Comercio, 14/01/2008

lunes, 5 de enero de 2009

Hasta 10 años de cárcel por destruir el medio ambiente

Las severas penas por atentar contra la naturaleza entraron ayer en vigencia. Las disposiciones son parte de la modificación del Código Penal y de la Ley General del Ambiente, anunciada hace unos meses por el Ejecutivo.
Los traficantes de especies en peligro de extinción, los taladores ilegales de árboles y las empresas que contaminan ríos y mares no podrán evadir más a la justicia. Ayer, 1 de enero de 2009, entró en vigencia el nuevo récord de sanciones para los delitos que atenten contra el medio ambiente, el cual incluye penas efectivas de hasta 10 años de cárcel. Las disposiciones son parte de la modificación del Código Penal y de la Ley General del Ambiente, anunciada hace unos meses por el Ejecutivo.
Mediante el endurecimiento de las penas se pretende terminar con la depredación de las especies protegidas y con la destrucción de bosques y de reservas intangibles.
MANO DURA. Antes de la modificación, los atentados contra el medio ambiente eran sancionados con un máximo de dos años de prisión condicional. Ahora, con la nueva ley, estas mismas faltas son castigadas con penas de tres a seis años. En tanto, las sentencias más severas (de 6 a 10 años) se aplicarán si el ataque a la naturaleza se da de forma agravada. Es decir, si se utilizan armas, si un funcionario público participa del delito valiéndose de su cargo o si se atenta contra el ecosistema. Entre los atentados con mayores penas figuran la caza furtiva, la tala ilegal y el arrojo de residuos sólidos.Al respecto, el ministro del Ambiente, Antonio Brack, indicó que las sanciones también se aplicarán a las autoridades que no hagan cumplir la ley o que entreguen licencias para proyectos que afecten el medio natural.
FISCALÍAS. Esta nueva estructura legal para castigar los atentados al ecosistema irá de la mano con la creación de las fiscalías ambientales. Su función será conocer las denuncias, estudiarlas a fondo y hacerles el seguimiento respectivo hasta resolver la acusación.
La instancia también se encargará de aplicar correctamente la figura legal para sancionar a los implicados en delitos ambientales teniendo en cuenta las disposiciones recién incorporadas al Código Penal.
El personal de las fiscalías ambientales ha recibido capacitación durante todo el año 2008.
Perú.21, 02/01/2009