sábado, 6 de septiembre de 2008

Congreso endurece las penas contra la tala ilegal y piratería

Un traficante de madera puede ir a la cárcel hasta por seis años. Se establecieron penas para las actividades de falsificación.
Si hasta hoy no había ningún traficante de madera tras las rejas, dicha situación cambiará a partir del 1 de enero del 2009, cuando entre en vigencia la nueva legislación que endurece las penas para este delito, que fue aprobada por amplia mayoría en el pleno del Congreso. Aquel que trafique madera ilegal irá a la cárcel entre 3 y 6 años, pena que no estaba tipificada hasta el día de hoy.
Con 77 votos a favor y cuatro en contra, el Parlamento dio visto bueno a la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo para modificar diversos artículos del Código Penal y la Ley General del Ambiente. Esta aprobación era muy esperada por el Ejecutivo, porque es la última ley pendiente en el proceso de implementación del TLC con Estados Unidos.
Como parte del acuerdo comercial y sus adendas, el Gobierno Peruano se comprometió en endurecer las penas en el tema ambiental y también en propiedad intelectual.
En cuanto al asunto ambiental, las penas vigentes en el Código Penal son mayores de 1 año y menores de 3 años. Cabe mencionar que una pena de hasta 3 años permite que el responsable no cumpla prisión efectiva.
El presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Colegio de Abogados de Lima, Carlos Chirinos, explicó que hoy, del conjunto de personas que están detrás de la tala y comercialización ilegal de madera, solo se sanciona a quien realizó la extracción. Por lo general, esa persona fue contratada por un tercero al que no le alcanza la ley.
Con estos cambios, el Perú podrá elevar su categoría en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITE), de la categoría 2 a la 1.
Además del tráfico de madera, se aumentan las penas a quienes infrinjan el título XIII del Código Penal: al que contamina el ambiente (entre 4 y 6 años); y a quienes trafican con la flora y fauna o extraen de manera ilegal especies acuáticas (de 3 a 5 años).
Para Chirinos, lo aprobado aún mantiene algunos vacíos del Código Penal. Consideró que algunas faltas pudieron dejarse en el campo administrativo, como la contaminación por ruido.
Durante el debate, la congresista de UPP Karina Beteta también cuestionó que la norma no es clara a la hora de definir la responsabilidad del autor intelectual o financista de la tala.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Juan Carlos Eguren, quien sustento la propuesta en el pleno, consideró que toda norma es perfectible y dijo que se elaboró en base a un gran consenso con el Gobierno, el Parlamento y el sector privado.
Tras expresar su satisfacción por la aprobación, la ministra de Comercio Exterior, Mercedes Aráoz, resaltó que estas normas sitúan al Perú en el nivel de países con altos estándares de protección y promoción a la propiedad intelectual y a las actividades relacionadas al medio ambiente.
En cuanto a la propiedad intelectual, la norma plantea penas entre 3 y 6 años para actividades de piratería, que antes no estaban tipificadas, como la falsificación de manuales de programas de ordenadores.
La ministra mencionó que estas penas no solo restringirán la piratería de obras musicales de artistas extranjeros, sino de los propios peruanos.
"Esto va a evitar que artistas peruanos se vean perjudicados incluso con la exportación de sus obras, como lo hemos observado con la cantante Dina Páucar o el Grupo 5", apuntó.
CLAVES
Penas vigentes desde el 20091. Lo aprobado en el campo ambiental entrará en vigencia el 1 de enero del 2009. En el debate parlamentario, quedaron fuera de cualquier sanción por acciones extractivas las comunidades campesinas y nativas que realizan actividades de subsistencia.
2. En propiedad intelectual se estipula una pena de 3 a 6 años de pena privativa para quienes fabriquen, comercialicen, distribuyan o almacenen con fines comerciales las etiquetas o carátulas no auténticas que serán adheridas a una obra sonora, copia de un programa de ordenador u obra cinematográfica.
3. De 4 a 6 años recibirá el que piratee manuales de programas de ordenador. También el que recibe una señal satelital pirateada será reprimido con 40 o 80 jornadas de prestación de servicios a la comunidad, o de 10 a 60 días de multa.
El Comercio, 05/09/2008

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